Herencias y Donaciones
La herencia o donación que se recibe, en este caso una vivienda, tiene un valor. Y sobre ese valor se realiza la liquidación del impuesto correspondiente (ya sea el de sucesiones o el de donaciones). Es decir, una vivienda no se puede donar ‘gratis’ ni se puede vender a un hijo por un precio simbólico de, por ejemplo, un euro. Ante precios anormalmente bajos saltan las alarmas en Hacienda que revisará el valor del bien transmitido y si cuando se realizó la donación no se pagaron los impuestos correspondientes, podemos llevarnos una sorpresa desagradable bajo la forma de una sanción económica.
Toda vivienda tiene un valor mínimo a efectos fiscales y de acuerdo con ese valor se calculan todos los impuestos a pagar: IRPF, plusvalía municipal., sucesión, donación… Aunque cuidado, no debemos confiarnos y pensar que por fijar un valor mínimo nos vamos a librar de cualquier comprobación por parte del fisco. Tendremos menos probabilidades de que salten las alarmas, pero no estamos exentos de ello.